Materias Conciliables:
Se podrá conciliar sobre todas las materias que sean susceptibles de transacción, desistimiento y conciliación.
Loteo:
Acto de disposición por medio del cual el titular de derecho de dominio, segrega de un predio de mayor extensión, porciones de terreno con el fin de constituir urbanización, parcelación, etc.
Llamados a la Sucesión:
Los descendientes, los hijos adoptivos, los ascendientes, los padres o adoptantes, los hermanos, los hijos de éstos, el cónyuge supérstite, el ICBF.
Liquidación Adicional:
Opera cuando aparecen nuevos bienes del causante después de haberse tramitado la sucesión.
Lindero:
Que limita con una cosa.
Lindar:
Estar contiguos dos territorios o dos terrenos.
Limitación del Dominio:
Restricción que se hace al derecho de dominio, esto se logra a través de la inscripción en la oficina de registro de instrumentos públicos correspondiente. (Usufructo, uso y habitación, servidumbres, patrimonio de familia).
Licencia de Urbanismo o de Construcción:
Acto por el cual se autoriza a solicitud del interesado la adecuación de terrenos o la realización de obras. Este documento se requiere para ciertos actos notariales.