Revocado:
Que no ha sido anulado legalmente.
Resolución Contrato:
Se cancela el contrato, vuelve todo a su estado inicial.
Resocialización:
Acto mediante el cual por acuerdo mutuo de las partes, se deja sin efecto un contrato realizado con anterioridad, es decir las cosas vuelven a su estado inicial.
Requisito de Procedibilidad:
Se entenderá cumplido cuando se efectúe la audiencia de conciliación sin que se logre el acuerdo o cuando una de las partes no comparezca.
Repudio:
La no aceptación de la herencia.
Reposición:
Cuando los registros civiles se encuentren deteriorados, un funcionario competente podrá realizar una sustitución mediante una reproducción exacta de ellos, con anotación de tal circunstancia, autorizándolos con su firma, archivando y sustituyendo el registro deteriorado, el cual debe archivarse.
Reloteo:
Lotear nuevamente un predio ya loteado.
Registro de Escrituras Públicas:
Acto mediante el cual se registran las escrituras públicas en la oficina de registro de instrumentos públicos correspondiente. Dicho registro se debe hacer cuando un inmueble se hipoteca, vende, afecta con algún gravamen o limitación al dominio, entre otros. Esta anotación en el registro permite la publicidad del inmueble y da a conocer frente a terceros las condiciones en que éste se encuentra.